El IVA tiene un tratamiento distinto en las operaciones realizadas con empresas extranjeras. Hay que que diferenciar entre las que se producen con países de la Unión Europea (llamadas adquisiciones y entregas intracomunitarias) y las que se producen con el resto (llamadas importaciones y exportaciones).
Adquisiciones y entregas intracomunitarias
En las adquisiciones se recibe la factura sin IVA. El sujeto pasivo tendrá que autoliquidar el IVA contabilizando simultaneamente un IVA soportado y un IVA repercutido. Las cantidades deberán aparecer en el modelo 303 en las casillas habilitadas para ello.
Cuando se vende a otros países de la UE se realiza la factura sin IVA siempre que se cumplan determinados requisitos y tendrá que ser el cliente el que liquide el IVA en su país.
Importaciones y exportaciones
Son las que se producen con países que no pertenecen a UE. Para la importación de mercancías, a su llegada a la aduana se paga el IVA, además de algunos impuestos especiales si es que están sujetas a ellos y tarifas arancelarias y aparecerá reflejado en el modelo 303 en la casilla habilitada para ello. La exportación de mercancias está exenta del IVA.
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